miércoles, 30 de mayo de 2012

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VIDEO DE LA DECLARACIÒN ANUAL DE PERSONAS FISICAS





OBRA DE PICASSO " El entierro del conde de Orgaz"

El entierro del conde de Orgaz




El entierro del señor de Orgaz, popularmente llamado El entierro del Conde Orgaz, es un gran cuadro pintado al óleo por El Greco (1541-1614), de estilo manierista, realizado para parroquia de Santo Tomé de Toledo en España, entre los años 1586 y 1588. La pintura se encuentra conservada en este mismo lugar y se considera una de las mejores obras del autor y más admirada.

Dimensión teológica del cuadro

El cuadro representa las dos dimensiones de la existencia humana: abajo la muerte, arriba el cielo, la vida eterna. El Greco se lució plasmando en el cuadro lo que constituye el horizonte cristiano de la vida ante la muerte, iluminado por Jesucristo.

En la parte inferior, el centro lo ocupa el cadáver del señor, que va a ser depositado con toda veneración y respeto en su sepulcro. Para tan solemne ocasión han bajado los santos del cielo: el obispo san Agustín, uno de los grandes padres de la Iglesia, y el diácono san Esteban, primer mártir de Cristo.

En la tradición bíblica el cuerpo es enterrado, devuelto a la tierra de donde salió, en la espera de ser transfigurado por la resurrección final. El cuerpo humano, que el Hijo de Dios ha tomado al hacerse hombre, ya no es la cárcel del alma, sino la materia animada por el espíritu, la materia que será definitivamente transformada en la resurrección.

A este entierro, dos personajes principales, el Greco nos mira de frente, invitándonos a entrar en el misterio admirable que contemplan nuestros ojos y su hijo, señalando con su dedo al personaje central.

Entre el cielo y la tierra, el lazo de unión es el alma inmortal del señor de Orgaz, figurada como un feto que es llevado al cielo por manos de un ángel, a través de una especie de vulva materna que le dará a luz a la vida eterna del cielo. La muerte aparece así como un parto, como un alumbramiento a la luz eterna en la que viven los santos. Trance doloroso, pero lleno de esperanza.

En la parte superior, el pintor describe el cielo, la vida feliz de los bienaventurados. Aparece Jesucristo glorioso, luminoso, vestido de blanco, entronizado como juez de vivos y muertos. Es el señor de la vida y de la historia de los hombres. A Él se le ha dado la capacidad de juzgar a los hombres, y lo hace con misericordia, como lo muestra su rostro sereno y su mano derecha que manda al apóstol Pedro, jefe de su iglesia, que abra las puertas del cielo para el alma del conde difunto.

La madre de Jesucristo, la Virgen María, acoge maternalmente el alma del señor que llega hasta el cielo. En este alumbramiento a la vida eterna, Dios ha confiado a María la tarea de madre. Ella es para nosotros el rostro materno de Dios.

Los bienaventurados miran fascinados y adorantes a Jesucristo el señor.

El conjunto del cuadro invita a la contemplación de un misterio que nos es dado, de una verdad que nos es comunicada: el hombre ha nacido para la vida. El hombre no es un ser para la muerte. E incluso cuando ha de traspasar el umbral de la muerte, no lo hace en solitario, sino que junto a él para ayudarle está Jesucristo, redentor del hombre, su Madre santísima, que es también nuestra madre, y todos los santos del cielo, nuestros hermanos mayores. Somos miembros de la familia de los santos, para que vivamos santamente nuestro camino por esta vida.

El Greco ha conseguido transmitirnos en esta su obra maestra un mensaje de esperanza, la esperanza que brota de la buena noticia de Jesucristo, señor de la vida y de la historia.

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VIDEO DE LA DECLARACIÒN ANUAL DE PERSONAS FISICAS







jueves, 24 de mayo de 2012

LAS PERCEPCIONES

LAS PERCEPCIONES

persepciones:
salario
prima dominical
vacaciones
horas extras
aguinaldo
septimo dia
vales de despensa
credito al salario
utilidades


deducciones: 
imss
infonavit ( si tienes credito pendiente)
isr
cuota sindical (si es que hay sindicato)

las deducciones van a variar dependiendo de la empresa donde este el trabajador por que no todas las empresas dan utilidades y de septimo dia y horas extras pues variara segun lo que trabaje el empleado.

Percepciones Y Deducciones En Pago De Remuneraciones

IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)
RETENCIONES: La ley del impuesto sobre la renta, en su artículo 113, establece para los patrones la obligación de efectuar retenciones mensuales a quienes les presten servicios personales subordinados y tendrán en carácter de pago provisionales del trabajador a cuenta del impuesto anual.
CALCULO DE RETENCIÓN: La ley del impuesto sobre la renta establece una mecánica para determinar el impuesto a retener, también la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, mediante la resolución que establecen reglas aplicables a los impuestos y derechos federales.
TABLAS Y TARIFAS: La mecánica para determinar el impuesto a retener o crédito al salario a entregar, según sea el caso, consiste en aplicar a los pagos por sueldo, además de las prestaciones en efectivo o en especie, entregadas al trabajador en un periodo, una tarifa y dos tablas denominadas:
  1. Tarifa del artículo 113. Se aplica para determinar el impuesto a retener.
  2. Tarifa del artículo 114. Se aplica para determinar el subsidio acreditable.
  3. Tarifa del artículo 115. Se aplica para determinar el crédito al salario.
Las tarifas y tablas mencionadas son sustituidas por las nuevas cada vez que estas sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
CREDITO AL SALARIO: Percepción que otorga el gobierno a través del patrón a todos aquellos trabajadores que perciben ingresos por salarios que van en promedio de 1 a 3.5 veces el salario mínimo general. Los requisitos que deben cumplir los patrones para que proceda el acreditamiento del crédito al salario son: 
  * El crédito al salario deberá ser entregado a los trabajadores en efectivo, conjuntamente con su sueldo o salario.
  * Llevar registros de los pagos de sueldos y del crédito al salario, de tal manera que se pueda conocer de manera individualizada lo pagado por estos conceptos a cada trabajador.
  * Conservar comprobantes del pago completo de sueldo.
  * Efectuar la retención del impuesto sobre sueldos

Pagina.

CULTURA



GALILEO GALILEI

FREDERICK TAYLOR



HEINRICH HERMANN



ISAAC NEWTON



JEAN PIAGET



PICASSO

viernes, 4 de mayo de 2012

nOminas



Nómina
Una nómina es un recibo individual de salarios, referido a ,meses naturales
La preparación de cheques o de la transferencia bancaria de nómina constituye una función generalmente separada del mantenimiento
 de los registros que muestran el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados 
con el personal, que deberán conservarse con el comprobante del abono y los boletines de cotización a la seguridad social.
Las nóminas se confeccionan una vez al mes a cada trabajador de la empresa, el procedimiento que se ha de seguir
 para su confección es el siguiente:
  • Primero se miran las percepciones salariales y no salariales -retribución en especie- de cada trabajador para                                       
    calcular sus descuentos (que luego se restaran en el concepto de deducciones de las chochas).
  • Cálculo de las bases de cotización por contingencias comunes y la base de cotización por contingencias                                    profesionales, también la base de horas extras, etc.
De estas bases hay que descontar los siguientes porcentajes
  • Contingencias comunes: 4,7% de la Base de Cotización por Contingencias Comunes
    : 1,55 de la Base de Cotización por Contingencias Profesionales
  • Formación profesional: 0,1 % de la Base de Cotización por Contingencias Profesionales
  • Solo queda calcular la retención fiscal, pago a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas                                                           IRPF de acuerdo a un porcentaje del total devengado anual.
  • Una vez hecho todo este procedimiento, al total devengado se le restan las deducciones legales realizadas,                                                             que son las contingencias comunes, el desempleo, la formación profesional y el irpf -(sobre la retribución salarial                                                                y en especie en su caso)- dando como resultado el neto a pagar que percibirá el trabajador.
También se define como el detalle del pago en dinero y/o en especie (por aquello de los vales de despensa) que es                                                                        registrado por una empresa en documentos que tienen validez oficial para el pago de impuestos y demás.
Tipos de nomina:
◘honorarios: la que esta hecha para las personas que son freelancers o independientes y declaran sus propios                                                                   impuestos.
◘comisiones: Los que solo reciben sueldo por realizar ventas y se llevan una comisión, en esta el patrón les retiene                                                        el impuesto para declararlo a hacienda y ya no tienen que hacer una declaración (a menos de que comisionen mas                                                        de 300 000 anuales).
◘sueldos y salarios: Son las más comunes y las que prácticamente todos conocen, estas están hechas con muchos                                                conceptos para deducciones y percepciones y al final te dan un bruto a pagar.